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LA DIRECCIÓN DE ENFERMERÍA DEBE SER OCUPADA POR UN ENFERMERO/A

Ayer, numerosos medios de comunicación, se hicieron eco de la publicación el pasado martes, de la Resolución de 05/06/2020, de la Dirección-Gerencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha por la que se convoca el procedimiento para la provisión de determinados puestos directivos de las instituciones sanitarias del SESCAM.

 

Parece interesante señalar algunos aspectos que nos resultan tan lesivos como incomprensibles de la Convocatoria para los puestos directivos enfermeros - Directoras-es de Enfermería y Subdirectoras-es de Enfermería de las Gerencias del SESCAM. Al tiempo que estos aspectos, sí se han redactado con completa precisión - exclusiva y excluyente- para los puestos directivos del personal de Medicina- Directoras-es y Subdirectoras-es médicos-

 

Veamos. En los requisitos de Titulación, para ser, por ejemplo, Director médico de un hospital, se debe ser Licenciado en Medicina-Cirugía o Grado en Medicina, obvio no? Pues no; porque para ser Director-a de Enfermería del mismo hospital, se puede ser cualquier Diplomado sanitario.

 

Además, para optar a un puesto directivo de la División de Enfermería, se pide el título académico de Diplomado, sin mención alguna al Título de Grado, cuando ambos tienen validez, habilitan para el desempeño de la profesión en cualquiera de sus puestos. El Título de Grado apareció en 2007, con la armonización de la Formación universitaria postgrado española en cumplimiento de los Acuerdos de Bolonia (para todos: Grado, Máster, Doctor)

 

La derivada de esta Convocatoria que, una vez publicada, es la norma reguladora del proceso selectivo para los directivos, es que, a juicio de la Dirección-Gerencia del Servicio de Salud, cualquier Diplomado sanitario (fisioterapeuta, nutricionista, terapeuta ocupacional, óptico, etc.) puede ser Directora-director de Enfermería y asumir las funciones de:

 

"- Dirigir, coordinar y evaluar el funcionamiento de las unidades y servicios de la División de Enfermería y las actividades del personal integrado en los mismos.

 

 - Promocionar y evaluar la calidad de las actividades asistenciales, docentes e investigadoras desarrolladas por el personal de enfermería (...)"

 

Sin embargo, otros Graduados sanitarios del grupo A1 -que esa es otra!-como biólogos, farmacéuticos, psicólogos clínicos, bioquímicos, etc.- no pueden optar a dirigir la División médica.

 

Muy cuidada y afinada está una parte de la Convocatoria- como debe ser-. Muy descuidada y gruesa otra parte. ¿No es de Perogrullo pensar que el Director/a de Enfermería sea enfermero/a?

 

 

Dos posibilidades, a mi parecer: o ni la han mirado quienes la firman y significa “qué más da”, o sí, la han mirado y han preferido mantenerla “abierta”. No sé qué es peor, en el Año de las firmas de los compromisos Nursing now, de las declaraciones de reconocimiento, de la evidente necesidad de desarrollo competencial enfermero, de la primera fila…

 

Basta con una rectificación. Basta con una Corrección de errores publicada en el DOCM: "donde dice...debe decir..."

 

Suficiente para una profesión tan grande y también tan numerosa.

 

 

 

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